Piloto aplicador: tratamientos fitosanitarios con drones

Piloto aplicador: tratamientos fitosanitarios con drones

Los tratamientos fitosanitarios con drones en España están regulados por tres normativas. Deben cumplir los requisitos establecidos para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, están regulados por la normativa sobre seguridad aérea y los equipos de aplicación utilizados cumplirán con las inspecciones pertinentes.

Normativa sobre el uso sostenible en tratamientos fitosanitarios con drones

El piloto de drones encargado de tratamientos fitosanitarios con drones debe disponer de un carnet de piloto aplicador, de acuerdo con el Real Decreto 1311/2012. Para ello tendrá que superar el curso de Aplicador Fitosanitario Aéreo. Esta formación tiene una duración de 90 horas, organizadas en 80 horas de clases teóricas y 10 horas de prácticas. Durante el curso, el futuro piloto aplicador estudiará:

Programa del curso de Piloto Aplicador

  • Generalidades de Protección Vegetal.
  • Productos fitosanitarios. Clasificación y características de los diferentes grupos.
  • Formulaciones de productos fitosanitarios. Naturaleza y características.
  • Medios y equipos de aplicación aérea : Instalaciones fijas en los diferentes tipos de aeronave, equipos para distintas técnicas de aplicación.
  • Medios y equipos de Aplicaciones (II). Funcionamiento, regulación, mantenimiento y calibración de equipos. Clasificación de las aeronaves.
  • Técnicas de aplicación aéreas de pequeños y medios volúmenes: ULV, pulverización, espolvoreo y esparcido.
  • Técnicas de aplicación aérea de grandes volúmenes y compactas.
  • Meteorología aplicada a la actividad fitosanitaria. Biometeorología.
  • Planificación de tratamientos agroforestales: evaluación vista previa, obstáculos al a baja costa y plan de vuelo.
  • Pista y helipistas agroforestales: Características y condiciones, instalaciones, equipos, medios auxiliares para aprovisionamientos y desechos de envases vacíos.
  • Riesgos para el medio ambiente derivados de la utilización de los productos fitosanitarios: peligrosidad para la fauna silvestre y el ganado, fitotoxicidad y contaminación de suelos y agua. Métodos para identificar los productos fitosanitarios ilegales y riesgos asociados a su uso.
  • Control de la contaminación. Técnicas especiales antideriva.
  • Riesgos derivados de la utilización de los productos fitosanitarios para la salud de las personas: toxicología, intoxicaciones y primeros auxilios, clasificación y etiquetado, pictogramas, palabras de advertencia, frases de riesgo o indicaciones de peligro, consejos de prudencia, síntomas de intoxicación y recomendaciones para el usuario. Estructuras de vigilancia sanitaria y disponibilidad de acceso para informar sobre cualquier incidente o sospecha del mismo.
  • Los residuos de los productos fitosanitarios: Disipación del residuo, plazos de seguridad y LRM en productos vegetales y aguas prepotables.
  • Salud laboral, seguridad e higiene.
  • Normativa legal.

Otras disposiciones

El piloto aplicador, o la empresa para la que trabaje realizando tratamientos aéreos, debe estar inscrito en el Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de Defensa Fitosanitarios (ROPO).

Por otra parte, cada tratamiento fitosanitario realizado por medios aéreos debe autorizarse por la autoridad competente de la Comunidad Autónoma donde se vaya a llevar a cabo. Para ello es necesario presentar una solicitud de autorización especial y un plan de aplicación, todo ello especificado en el artículo 28 y el anexo VI del Real Decreto 1311/2012.

Normativa sobre seguridad aérea

Para poder operar con drones de manera profesional, la normativa actual exige a la persona que pilote un RPAS estar en posesión de los conocimientos teóricos y prácticos específicos de la aeronave, además del certificado médico aeronáutico que confirme sus capacidades físicas.

En el caso de drones especializados en la aplicación de fitosanitarios, el piloto aplicador deberá estar en posesión del curso de piloto profesional y la habilitación práctica de drones de hasta 25 kg, específica del modelo de drone agrario.

Por otra parte, como para cualquier trabajo realizado con aeronaves pilotadas con control remoto, para los tratamientos fitosanitarios con drones también es necesario estar habilitado como operador en AESA. Para ello es necesario presentar una comunicación previa y una declaración responsable, acompañadas de la siguiente documentación:

  • Certificado de aeronavegabilidad del drone aplicador.
  • Manual de operaciones con los procedimientos específicos de las actividades.
  • Estudio aeronáutico de seguridad de la operación.
  • Programa de mantenimiento das aeronaves que se vayan a utilizar.
  • Registros de vuelos de prueba realizados previo a la operación.
  • Póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil a terceros.

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