A partir del 30 de diciembre de 2020 comenzará a aplicarse la nueva normativa comunitaria europea de drones. La aplicación de la nueva legislación se llevará a cabo de forma progresiva para ir adaptándonos a los reglamentos europeos. El Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, normativa nacional en vigor por el momento, dejará de tener aplicación en 2023.
Las siglas UAS pertenecen a Unmanned Aircraft Systems, Sistemas de Aeronaves no tripuladas, y es la definición escogida por la Unión Europea para denominar a los llamados drones o RPAS. Los UAS se componen de la aeronave no tripulada, sus motores, hélices, componentes, equipos no instalados y equipos para controlarlas de forma remota.
Cambios de la normativa comunitaria de drones
El nuevo reglamento de la Unión Europea adopta un enfoque basado en el riesgo y, como tal, no distingue entre actividades de ocio o comerciales/profesionales. Tiene en cuenta el peso y las especificaciones del drone y la operación que pretende realizar. Por lo tanto, los reglamentos europeos serán de aplicación por igual a usuarios recreativos y profesionales; ya no existen diferencias entre vuelos lúdicos y vuelos profesionales. Establecen diferencias sustanciales respecto a la normativa nacional, no solo en el ámbito operacional, sino también en requisitos de formación de pilotos, registro de operadores/usuarios y características técnicas de las aeronaves.
La normativa de UAS afecta a:
Clases de drones
- Drones vendidos en el mercado:
1. Cuando se opera en la categoría abierta, podrán ser:
– UAS con el marcado de clase CE (de acuerdo con el Reglamento (UE) 2019/945) que van desde C0 a C4, desde modelos más ligeros hasta más pesados.
– Drones ya existentes y los fabricados antes del 31 de diciembre de 2022, por lo que no llevan una marca de clase CE.
Más información sobre clases de drones
Clases de UAS tras la nueva normativa de drones
La nueva Normativa comunitaria europea de drones comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2021. Puedes consultar en la web de AESA todas las actualizaciones sobre la nueva norma de EASA (European Aviation Safety Agency), la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) y el JARUS (Joint Authorities for Rulemaking on Unmanned Systems). […]
Categorías de operaciones con drones
El reglamento de la UE 2019/947 se adapta a la mayoría de los tipos de operaciones y su nivel de riesgo. Lo hace a través de 3 categorías de operaciones: Categoría Abierta, Específica y Certificada.
- La categoría Abierta aborda las operaciones en el rango de menor riesgo, donde la seguridad está garantizada por el operador del drone que cumple con los requisitos relevantes para su operación prevista. Esta categoría se subdivide en otras tres subcategorías denominadas A1, A2 y A3. Los riesgos operacionales bajo la categoría “Abierto” se consideran tan bajos que no se requiere autorización antes de iniciar el vuelo.
- La categoría específica cubre operaciones con algo de riesgo, donde la seguridad está garantizada por el operador del drone obteniendo una autorización operativa de la autoridad nacional competente antes de comenzar la operación. Para obtener la autorización, el operador del UAS debe realizar una evaluación de riesgos de seguridad que determinará los requisitos necesarios para la operación segura del drone.
- La categoría Certificada, donde el riesgo de seguridad es tan alto que la seguridad está garantizada a través de la certificación del operador del UAS, así como la licencia del piloto o pilotos remotos.
Más información sobre las nuevas categorías operacionales
Nuevas categorías de operaciones con drones
A partir del 1 de enero de 2021, tanto en España como en el resto de países de la Unión Europea, entrará en vigor la Normativa comunitaria sobre operaciones con drones. Con ella se producirán varios cambios en la manera de entender las operaciones con drones y sus limitaciones; además de los requisitos exigidos a […]
Aplicación de la normativa comunitaria de drones
Debido a la crisis del COVID-19, la fecha de aplicación del reglamento de la Unión Europea 2019/947 se retrasó del 1 de julio de 2020 al 31 de diciembre de 2020, lo que significa:
- A partir del 31 de diciembre de 2020, el registro de operadores de drones y drones certificados se vuelve obligatorio;
- A partir del 31 de diciembre de 2020, las operaciones en la categoría “Específicas” podrán realizarse previa autorización otorgada por la autoridad nacional;
- Entre el 31 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2023, los usuarios de drones que operan con drones sin marcas de clase CE pueden continuar operando, en la categoría limitada según el artículo 22 del reglamento de la UE 2019/947;
- A partir de enero de 2022, las autorizaciones, certificados y declaraciones nacionales deben convertirse completamente al nuevo Sistema de la Unión Europea;
- A partir del 1 de enero de 2022, los Estados miembros de la EASA deben poner a disposición información sobre zonas geográficas para la conciencia geográfica en un formato digital armonizado entre los países de la UE;
- Enero de 2023, todas las operaciones en la categoría "Abierta" y todos los operadores de drones deben cumplir plenamente con la regulación de la UE 2019/947 y la regulación de la UE 2019/945.
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