La normativa actual sobre el uso civil de aeronaves pilotadas por control remoto (RPAS) establece diferentes requisitos para las personas que realizan vuelos con drones con fines recreativos, y los pilotos profesionales que operan con este tipo de aeronaves.
- Los vuelos recreativos son todos aquellos que no se realizan con un fin comercial o profesional. Por lo tanto, no prestan servicios de ningún tipo ni se recibe una compensación económica por ellos. Son, básicamente, los que se hacen como hobby.
- Por su parte, los vuelos profesionales los llevan a cabo pilotos de drones acreditados y prestan un servicio. Por ejemplo, grabación aérea para un vídeo, inspecciones de obras o mantenimiento técnico, vigilancia, agricultura de precisión…
Vuelos recreativos con drones
Las personas que quieran pilotar su drone de forma recreativa no tienen la obligación de estar en posesión de la licencia de piloto ni la habilitación de su RPAS. Aún así, están sujetas a las limitaciones y restricciones contempladas en las disposiciones adicionales del Real Decreto 1036/2017,
¿Qué debo hacer?
- Realizar vuelos siempre dentro del alcance visual del piloto (VLOS), a no más de 500 metros de distancia entre el drone y la persona que pilota, y a menos de 120 metros del suelo.
- Solo volar de día, en condiciones meteorológicas adecuadas (sin niebla, sin lluvia y sin viento) y en zonas adecuadas para ello.
- Si eres menor de edad, debes estar bajo la supervisión de un adulto.
- No es obligatorio disponer de un seguro a terceros, pero sí recomendable, ya que eres responsable de los daños que pueda causar tu drone.
- Si quieres realizar alguna grabación de personas o espacios privados, necesitas de su autorización.
- Estar al corriente de la Ley de Protección de datos, la del Derecho al Honor, Intimidad y propia imagen y las restricciones de toma de imágenes aéreas para no realizar ninguna infracción.
¿Qué NO puedo hacer?
- Volar sobre aglomeraciones de edificios y/o de personas.
- Volar de noche si tu drone pesa más de 2 kg.
- Volar a menos de 8 kilómetros de aeropuertos, aeródromos o zonas de tránsito aéreo.
- Volar en espacio aéreo controlado ni donde se realicen otros vuelos a baja altura (zonas de parapente, paracaidismo, globos,
ultraligeros, planeadores, etc.).
AESA recuerda a todos los usuarios de RPAS que los drones son aeronaves, por lo que deben volar de forma segura. El uso irresponsable de este tipo de aeronaves puede conllevar sanciones de hasta 225.000€.
Vuelos profesionales con drones
Las personas que realizan vuelos profesionales con drones deben contar con una serie de requisitos:
- Ser pilotos de RPAS acreditados. Para ello, deben superar una formación teórica con la que obtendrán la acreditación, ademas de la formación práctica específica del tipo de aeronave que pilotan:
- Curso oficial de piloto profesional de drones (avanzado), con el que estarás acreditado para realizar vuelos VLOS, EVLOS y BVLOS con RPAS de hasta 25 kg.
- Habilitación práctica de tu drone según su rango de peso y especificaciones técnicas: de 0 a 5 kg, de 5 a 15 kg y de 15 a 25 kg.
- Estar habilitado como operador en AESA. Si quieres trabajar por cuenta ajena, la empresa será la operadora responsable de los trabajos que realices.
- Disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil de la aviación que cubra los daños a terceros.
- Tener el certificado médico aeronáutico en vigor. Para pilotar drones de hasta 25 kg tendrás que obtener el certificado médico aeronáutico LAPL.
Autorizaciones de AESA para vuelos profesionales
Solo los pilotos profesionales y operadores podrán realizar vuelos con drones en los siguientes escenarios, siempre con una comunicación previa a AESA:
- Sobre aglomeraciones de edificios o grupos de personas.
- Vuelos de noche.
- A menos de 8 kilómetros de aeropuertos y aeródromos. Para ello deberán coordinarse con el proveedor de servicios de tránsito aéreo de la zona.
- En espacio aéreo controlado y zonas de información de vuelo. Al igual que en el caso anterior, con coordinación con los responsables de la zona.
- Para vuelos BVLOS (más allá del alcance visual del piloto) con RPAS de más de 2 kg.
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