Los vuelos con drones sobre aglomeraciones de personas al aire libre y poblaciones están considerados como operaciones especializadas. Por este motivo, y al igual que el resto de usos civiles de aeronaves pilotadas por control remoto, están regulados por el Real Decreto 1036/2017. Este documento oficial establece las condiciones bajo las que es posible volar drones sobre poblaciones y grupos de personas. Recordemos que las operaciones profesionales y con fines comerciales con drones exigen que el piloto esté en posesión de los conocimientos teóricos y prácticos exigidos por AESA. Es decir, haber realizado el curso de piloto de drones avanzado y estar habilitado en el modelo de drone que pilote, o uno de características idénticas.
Las limitaciones para volar drones sobre poblaciones y personas al aire libre dependerán del tipo de espacio aéreo, que puede ser controlado o no controlado.
Volar drones sobre poblaciones en espacio aéreo no controlado
Para este tipo de operaciones aéreas especializadas, las aeronaves deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Su masa máxima al despegue no excederá los 10 kg.
- Siempre dentro del alcance visual del piloto (VLOS).
- A una distancia horizontal máxima de 100 metros.
- La altura máxima que podrá alcanzar el drone es de 120 metros sobre el terreno o el obstáculo más alto.
- Establecer un radio de 600 metros entre el drone y el obstáculo más alto.
- Podrán sobrevolar zonas acotadas en la superficie o manteniendo una distancia mínima de seguridad de 50 metros respecto de edificios u otro tipo de estructuras, y de personas que no estén bajo el control del operador.
- A una distancia mínima de 8 km del aeropuerto más cercano.
- Llevará una placa identificativa de material ignífugo fijada a la estructura del RPA.
- Contará con un seguro de responsabilidad civil de la aviación específico para drones.
- Irá equipada con un dispositivo de limitación de energía de impacto, como por ejemplo, un paracaídas autorizado.
Además de las condiciones que debe respetar la aeronave durante la operación, el operador y/o piloto tendrá que realizar un trabajo previo al momento de la operación:
- Presentar un estudio aeronáutico que acredite la seguridad de la operación. Éste deberá estar aprobado y autorizado por AESA.
- Comunicar al Ministerio del Interior de la operación, al menos, 10 días antes de llevarla a cabo. En cualquier caso, las Fuerzas de Seguridad del Estado podrán prohibir o limitar la operación si la consideran comprometida para la seguridad ciudadana.
Vuelos con drones sobre poblaciones en espacio aéreo controlado
Las condiciones para sobrevolar lugares habitados y aglomeraciones de personas en espacio aéreo controlado sin las mismas que en una zona de información de vuelo (FIZ). Las zonas FIZ (“Flight Information Zone”), están en un espacio aéreo no controlado de dimensiones definidas que se extiende desde la superficie del terreno hasta una altura determinada, dentro de la cual se proporciona el Servicio de Información de Vuelo de Aeródromo (AFIS).
Además de cumplir con los requisitos enumerados para volar drones sobre poblaciones en espacio aéreo no controlado, este tipo de operaciones aéreas especializadas exigen:
- Que el piloto de drones tenga los conocimientos necesarios para la obtención de la calificación de radiofonista. Además de acreditar el manejo del idioma o idiomas utilizados en las comunicaciones con el controlador.
- El estudio aeronáutico de seguridad realizado por el operador estará, además, coordinado con el proveedor de servicios de tránsito aéreo designado para ese espacio controlado.
- Estas operaciones se llevarán a cabo con sujeción a las condiciones y limitaciones establecidas en dicho estudio aeronáutico de seguridad y previa autorización del control de tránsito aéreo o comunicación al personal de información de vuelo de aeródromo (AFIS).
- El drone dispondrá de un equipo de comunicaciones adecuado y capaz de sostener comunicaciones bidireccionales con las estaciones aeronáuticas y en las frecuencias indicadas para cumplir los requisitos aplicables al espacio aéreo donde se opera.
En cualquier caso, para realizar operaciones profesionales o con fines comerciales con drones es necesario cumplir con los requisitos que establece AESA:
- Ser mayor de 18 años.
- Tener el certificado médico aeronáutico LAPL.
- Estar en posesión de los conocimientos teóricos para obtener la licencia de piloto de drones: curso de piloto de drones avanzado.
- Estar habilitado en el modelo o los modelos de drone que se vayan a pilotar.